CONSIDERA ILEGALES LAS MOCIONES DEL PSOE PIDIENDO QUE LOS AYUNTAMIENTOS HICIERAN CAMPAÑA POR EL "SÁ A LA CONSTITUCIÓN EUROPEA

Aunque ya queda un poco atrás y la actualidad ha superado a la consulta popular que centró la información política española durante los últimos meses, no nos resistimos a dar cuenta de este significativo episodio.

En los meses previos al reciente referéndum sobre el tratado constitucional europeo, el PSOE anunció públicamente la presentación en los Ayuntamientos españoles de una moción que instaba a los entes locales a iniciar una campaña institucional de divulgación "acerca de la idea que encarna la Constitución Europea, para promover que la ciudadanía vote sí a la euroconstitución. La moción aseguraba que resultaba "sumamente importante que el día 20 de febrero vayamos a votar sí a la Constitución Europea. Para ello los representantes de los ciudadanos tienen una importante encomienda: combatir el desconocimiento desde la información, pues ello supondrá combatir la abstención, y divulgar el conocimiento del texto europeo, pues supondrá incentivar la participación hacia el sí a la Constitución.

La primera ocasión en que Falange Auténtica hubo de enfrentarse a semejante propuesta fue en el pleno de Ardales (Málaga), donde nuestro concejal Francisco Ortiz, previa consulta a los servicios jurídicos de nuestro partido, cuestionó la legalidad de esta iniciativa, por entender que vulneraba el artículo 50 de la Ley Electoral. Aunque el edil de FA planteó la posibilidad de dejar el asunto pendiente de que la secretaría del Ayuntamiento emitiera un informe, fue el propio alcalde del municipio y Presidente de la Diputación Provincial malagueña, Salvador Pendón (PSOE), quien optó por retirar sobre la marcha la propuesta, que, en consecuencia, ni siquiera se sometió a votación en el consistorio ardaleño.

Tras esa primera señal de alarma, la Ejecutiva Nacional de Falange Auténtica decidió, en enero de 2005, formalizar una reclamación ante la Junta Electoral Central, en relación con esta propuesta que el Partido Socialista estaba presentando en los Ayuntamientos españoles.

La Junta Electoral Central dictó resolución el 31 de enero en la que consideraba que "la legislación vigente no prohíbe que una Corporación Local, en el ejercicio de sus atribuciones, pueda aprobar mociones o resoluciones en las que manifieste su criterio sobre la materia que constituye el objeto del referéndum sobre el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, pero nos daba la razón advirtiendo que "en ningún caso dichos acuerdos pueden traducirse en una campaña de propaganda que vulnere el deber de neutralidad política que ante un referéndum corresponde a los poderes públicos.

Sin embargo, la JEC, que nos había remitido hasta ese momento todas las resoluciones por fax en el acto y simultáneamente por correo postal al domicilio expresamente designado para notificaciones, decidió en esta ocasión remitirnos tardíamente su acuerdo, varios días después, sólo por correo ordinario y al domicilio legal de la organización, de forma que el escrito nos llegó cuando la campaña estaba prácticamente finalizada.

Obviamente, la Junta Electoral nos daba la razón pero -nos atrevemos a pensar que de forma deliberada- se buscó que nuestra organización no pudiera hacer un uso informativo de esa resolución, de manera que este varapalo jurídico que, a instancia de FA, propinaba la JEC al PSOE, como grupo proponente de las mociones, no trascendiera públicamente. Es la todopoderosa maquinaria del sistema frente a la voz de los pequeños. Uno de los frutos de esta sociedad mediática es que, en las contadas ocasiones en que David vence a Goliat, muy pocos se enteran.


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