La Unión Europea sigue cosechando las consecuencias de su inicial estrategia de secretismo en la negociación de los términos del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, conocido por sus siglas TTIP.

Este acuerdo pretende constituir la culminación de veinticinco años de trabajo, iniciados en 1990 con la denominada Agenda Trasatlántica, lo que da una idea aproximada de la complejidad de su contenido.

La intención de la UE ha sido siempre la de establecer una relación  preferencial con su principal socio comercial americano para conjurar la amenaza competitiva de los países  asiáticos emergentes. En especial, las que encarnan China e India en unas economías de escala donde “el pez grande siempre se come al chico”.

La justificación de fondo del acuerdo es loable: la UE y los EEUU comparten unos estándares en materia de derechos laborales, de los consumidores, medioambientales, sanitarios y fitosanitarios, etc.,  que no son tenidos en cuenta en el modelo de producción asiática. La relación preferencial pretende incentivar estos comportamientos éticos y estos criterios restrictivos en la actividad comercial bilateral.

Sin embargo, los agentes sociales (especialmente, de los partidos políticos de izquierda, los ultranacionalistas y las asociaciones de consumidores) niegan la mayor del argumento justificativo. Esto es: que los EEUU y la UE compartan plenamente los mismos estándares éticos y de calidad en su actividad productiva.

Los responsables de la negociación por parte de la UE insisten en que Europa no aceptará ninguna cláusula que pueda suponer un descenso en sus niveles de exigencia o un retroceso en los derechos de los consumidores. Pero parecen obviar el hecho de estar sentados a la mesa con un gigante en el que más de 70 directivas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) no tienen aplicación; donde la industria farmacéutica incurre directamente en prácticas prohibidas en la UE; donde la explotación de recursos naturales con técnicas de uso muy polémico en Europa, como el fracking.

Con todo, el aspecto más problemático del TTIP es el problema de los mecanismos de resolución de conflictos. Falange Auténtica ya tuvo ocasión de referirse a esta cuestión en la Ponencia Política de su IV Congreso, celebrado el pasado mes de noviembre.

La cuestión sigue lejos de resolverse. La regulación europea en múltiples materias, entendiendo por tal regulación el ejercicio de la soberanía legislativa de los Estados, se tiene por un elemento disuasorio de primer orden para la captación de las inversiones. Por tal motivo, existe la intención de vaciar a los países de su potestad jurídica.

El TTIP incluye la posibilidad de que las grandes multinacionales puedan demandar a los estados ante unos tribunales que no estarían compuestos por jueces. Y si bien es cierto que este modelo ya se está aplicando en otras circunstancias, como en el acuerdo comercial EU-India, lo cierto es que ningún país ha llegado nunca al extremo de los EEUU.

Ninguna mentalidad crítica puede obviar el conflicto jurídico entre la multinacional tabaquera Philip Morris y la República de Uruguay, cuya voluntad política era la de disminuir el consumo de tabaco entre sus ciudadanos. A consecuencia de ello,  Uruguay fue cuestionado en su soberanía legislativa. Como ya expresamos en ocasiones precedentes, “El concepto de libre comercio ha llevado a una situación esperpéntica: un gobierno democrático y una empresa comercial pleiteando jurídicamente, en pie de igualdad, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial.”

No se trata, pues, de “miedo al Séptimo de Caballería”, como pretende el Director de la Representación de la Comisión Europea en España, Francisco Fonseca, en declaraciones a la Organización de Consumidores y Usuarios. Las relaciones comerciales con el “amigo americano” son incuestionables para Europa, pero no tanto como habría de serlo la necesidad de una normativa correctora de las confusiones entre el libre mercado y el darwinismo comercial.

Por este motivo, Falange Auténtica considera que la firma del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos (TTIP), en caso de alcanzarse finalmente un acuerdo entre las partes, requeriría la aprobación de la mayoría de los ciudadanos europeos consultados en referéndum vinculante antes de causar sus tal vez indeseables e inamovibles primeros efectos.